sábado, 23 de junio de 2012

AUTORIDADES ELECTAS EN COPEI SON PRODUCTO DE UN FRAUDE ORGANIZADO POR EL GOBIERNO

En COPEI no reconocen autoridades ilegítimas

El dirigente nacional de COPEI, Luis Ignacio Planas afirmó este sábado que las autoridades que fueron proclamadas en su organización política son el producto de un fraude electoral organizado por el gobierno nacional y sectores del partido verde.

“En marzo de este año la Presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia destituyó sin procedimiento alguno a la Comisión Electoral Nacional designada por la Asamblea Nacional del partido a los fines de nombrar a José Curiel en dicha comisión y organizar el secuestro de COPEI con sectores internos”, explicó Planas.

Señaló que a partir del momento en que se cambió la comisión electoral nacional de COPEI de manera arbitraria se “tendió la cama para que grupos entendidos con el gobierno nacional perpetraran un fraude electoral con total impunidad”.

Aseveró que Curiel organizó en complicidad con la Presidenta de la Sala Electoral del TSJ unas supuestas elecciones en las mismas condiciones en las cuales se organizaron las elecciones de mayo del 2010 que fueron anuladas, agregados otros gravísimos vicios e irregularidades.

“Las elecciones del pasado 16 de junio fueron realizadas en idéntica manera a las elecciones anuladas con anterioridad de mayo del 2010, con el mismo esquema que la Sala Electoral indicó que no se podían hacer, incumpliendo por otro lado con las sentencias que se habían dictado en resguardo de los intereses de los militantes del partido”, recalcó.

Indicó que por eso resulta “completamente extraño que aún cuando se violentó la normativa interna de COPEI y se desacataron las decisiones previas de la Sala Electoral la actual presidenta de dicha sala haya dado luz verde a unas elecciones que sabía eran fraudulentas e irregulares.”

Planas informó que están revisando toda la información referida a este “nuevo fraude electoral para anunciar en los próximos días las acciones que realizaremos”.

viernes, 22 de junio de 2012

PRESIDENTA DE SALA ELECTORAL DEL TSJ ES LA RESPONSABLE DE LA CRISIS EN COPEI

Sectores de COPEI entendidos con el gobierno

Luis Ignacio Planas, Presidente Nacional de COPEI Partido Popular, acusó nuevamente este viernes a  José Curiel de perpetrar el más grande fraude electoral en la historia de la organización política y de impedir la participación de más del 70%  de los copeyanos de toda Venezuela con la anuencia de la Presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, la magistrada Jhannett Madriz. 

Señaló que en el Registro Electoral de COPEI aparecieron voceros y militantes del PSUV mientras “excluyeron a los verdaderos copeyanos”.

Planas afirmó que “Curiel en complicidad con la Presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se prestó para dar un golpe de estado en COPEI, organizar unas supuestas elecciones y sustituir a las actuales autoridades con otras que sean complacientes al actual gobierno.” 

El dirigente copeyano aseguró que las elecciones estuvieron viciadas desde su inicio, “no se respetaron las normas del partido, utilizaron un reglamento electoral derogado, cambiaron las comisiones electorales regionales y colocaron a las mismas responsables del fraude de mayo del 2010 que fue anulado,  no permitieron la acreditación de nuestros testigos, el registro electoral definitivo fue modificado varias veces, nunca entregaron el registro electoral certificado, modificaron las comisiones electorales municipales en varios estados dos días antes de las elecciones, cambiaron los centros de votación a última hora, la mayoría de los centros de votación no abrieron y luego aparecieron las actas como si hubieron elecciones, las partes no tuvieron derecho a copia de las actas de votación, entre otras irregularidades”.

Luis Ignacio Planas recordó que “la Presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia Jhannett Madriz desestimó las denuncias sobre los vicios del proceso electoral formuladas por varios dirigentes de todo el país, argumentando que la solicitud de ejecución de sentencia realizada no era la vía para realizar las denuncias, en una maniobra judicial para allanar el camino hacia el fraude que se cometió en COPEI, a pesar de conocer todas las irregularidades de las elecciones. Esta historia comenzó en marzo de este año cuando Jhannett Madriz destituyó a los miembros de la comisión electoral designados por la Asamblea Nacional del partido con el mismo mecanismo que luego señaló que no era la vía para presentar las denuncias, en una evidente contradicción jurídica.”

Explicó que en el expediente están todas las pruebas que demuestran las denuncias que se hicieron en su oportunidad e “incluso las pruebas que demuestran el incumplimiento y desacato por parte de José Curiel de las dos sentencias anteriores de la Sala Electoral relacionadas con COPEI”.

El líder de la tolda verde advirtió a la militancia y dirigencia sobre los oscuros intereses que se mueven para asaltar a COPEI con la participación del gobierno y de algunos sectores del partido. “Hay sectores del partido que apuestan por un escenario distinto a las elecciones del 07 de octubre, que prefieren que Capriles pierda las elecciones y tener un juego en el cual participar”.

Unidad para ganar el 07 de octubre

Planas ratificó su compromiso con la unidad del país y con el trabajo que viene realizando el Comando Venezuela y la MUD para ganar las elecciones el próximo 07 de octubre.

“Todos los socialcristianos debemos incorporarnos sin más distracciones al trabajo para ganar las elecciones presidenciales de octubre e invitó a la militancia a no desmayar pese a todas las dificultades que se han presentado”, finalizó.

martes, 19 de junio de 2012

LAS “AUTORIDADES ELECTAS DE COPEI” LE DEBEN EL FAVOR AL GOBIERNO Y A LA SALA ELECTORAL DEL TSJ

El fraude fue mayor al de mayo del 2010

Víctor Cedeño, Secretario Nacional de Organización de COPEI, señaló este martes que las autoridades de COPEI que resultaron electas el sábado pasado le deben el favor al gobierno nacional y a su instrumento judicial el Tribunal Supremo de Justicia.

Cedeño acusó a José Curiel de “perpetrar el más grande fraude electoral en la historia de COPEI y de impedir la participación de más del 70 %  de los copeyanos de toda Venezuela con la anuencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y especialmente de la magistrada Jhannett Madriz”.

Indicó que para nadie es un secreto la cantidad de gente que no pudo votar en las elecciones internas de esa organización política y la indignación que causó en el colectivo copeyano tal situación. “Es una nueva ofensa a la militancia del partido” comentó.

El dirigente copeyano señaló que en su más de 35 años de militancia en COPEI nunca vio un “fraude tan burdo como el que se cometió para elegir las autoridades copeyanas y favorecer a una de las tendencias. Roberto Enríquez sólo ha sido Presidente de COPEI producto del fraude, lo fue a partir de mayo del 2010 en un proceso anulado por la Sala Electoral antes que el gobierno interviniera en los asuntos internos de COPEI y lo vuelve a ser ahora con la complicidad del TSJ”.

Aseveró que las elecciones estuvieron viciadas desde su inicio. Entre los vicios que denunció explicó que “no se respetaron las normas del partido, utilizaron un reglamento electoral derogado, cambiaron las comisiones electorales regionales y colocaron a las mismas comisiones electorales responsables del fraude de mayo de 2010 que fue anulado,  no permitieron la acreditación de testigos de una de las partes, el registro electoral definitivo fue modificado varias veces, nunca entregaron el registro electoral certificado, modificaron las comisiones electorales municipales en varios estados dos días antes de las elecciones, cambiaron los centros de votación a última hora, la mayoría de los centros de votación no abrieron y luego aparecieron las actas, las partes no tuvieron derecho a copia de las actas de votación, entre otras irregularidades”.

Víctor Cedeño agregó que la “irresponsabilidad de Curiel coloca a COPEI en uno de los peores momentos de su historia, su actuación dice mucho de su condición humana,  de su falta de valores y principios y de su complicidad con la magistrada Jhannett Madriz de la Sala Electoral. El gobierno encontró la manera de intervenir en COPEI y sus supuestas autoridades electas le deben ese favor”.

lunes, 18 de junio de 2012

CURIEL ES EL JEFE DE LA PANDILLA QUE ASALTÓ A COPEI CON LA COMPLICIDAD DE LA MAGISTRADA JHANNETT MADRIZ DE LA SALA ELECTORAL DEL TSJ

Supuestas elecciones se hicieron sin ninguna garantía de transparencia

“La Comisión Electoral de COPEI presidida por José Curiel es la responsable de este nuevo fraude con el cual se pretende asaltar la dirección del partido. Las supuestas elecciones son una completa payasada de Curiel y su pandilla.”

Explicó que Curiel excluyó a más del 70% por ciento de las copeyanas y copeyanos del país del registro electoral  que no pudieron votar para elegir las autoridades de la organización y por el otro lado incluyó 40.000 militantes del PSUV en el registro copeyano. “Le quitó el derecho a elegir a los verdaderos copeyanos e incorporó a militantes del PSUV para que eligieran a nuestras autoridades.”

Recordó que la semana pasada Alfredo Weil de Esdata  certificó que 38.472 electores de un total de 144.328 que aparecieron finalmente en el registro electoral de Copei para las elecciones de este sábado con derecho a votar están inscritos en el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

Planas aseveró que el proceso electoral estuvo viciado desde el comienzo, “Curiel no respetó las normas del partido, utilizó un reglamento electoral derogado, cambió las comisiones electorales regionales y colocó a las mismas responsables del fraude de mayo de 2010 que fue anulado,  no permitió la acreditación de nuestros testigos, el registro electoral fue modificado diariamente hasta el día anterior a las elecciones, nunca entregó el registro electoral certificado, modificó las comisiones electorales municipales en varios estados dos días antes de las elecciones, cambiaron los centros de votación a última hora, la mayoría de los centros de votación no abrieron y luego aparecieron las actas, las partes no tuvieron derecho a copia de las actas de votación, entre otras irregularidades”.

Agregó que no entiende como aparecen unos resultados que arrojan una votación para su plancha cuando no participaron en ese proceso.

“Es absurdo que se diga que nosotros sacamos una votación en ese supuesto proceso electoral cuando no participamos. El viernes dimos una rueda de prensa que es un hecho público y enunciamos todas estas irregularidades y advertimos sobre el fraude que se pretendía hacer, como efectivamente lo hicieron. Lo que siempre han pretendido es generar un escenario para favorecer a quienes nos adversan internamente, la única forma de ganarnos las elecciones es con un fraude masivo como el que se hizo en 2010 y este que se hizo el pasado sábado.”

Aseguró que José curiel y su comisión electoral actuaron con total impunidad con la complicidad de la magistrada Jhannett Madriz de la Sala Electoral del TSJ que dio luz verde al fraudulento proceso electoral copeyano.

“La magistrada Jhannett Madriz de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia planificó con José Curiel el asalto a Copei, lo grave es que existan en Copei personas que se presten para ese juego”.

sábado, 16 de junio de 2012

38.472 MILITANTES DEL PSUV EN EL REGISTRO ELECTORAL DE COPEI

Representan el 26,66 por ciento de los electores

El Secretario Nacional de Organización de Copei Partido Popular, Víctor Cedeño, denunció este sábado que 38.472 militantes del PSUV fueron incorporados por José Curiel en el registro de electores del partido verde.

Cedeño explicó que 38.472 electores de un total de 144.328 que aparecieron finalmente en el registro electoral de Copei para las elecciones de este sábado con derecho a votar están inscritos en el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

“Más de la cuarta parte de los electores que aparecen en el registro electoral de Copei que elaboró la comisión electoral nacional presidida por José Curiel  son militantes del partido de gobierno. Es inaudito que Curiel haya dejado por fuera del registro electoral a miles de copeyanas y copeyanos de todo el país y haya incorporado a militantes del PSUV, no sabemos con qué propósito”.

Informó que el ingeniero Alfredo Weil de Esdata fue el responsable de elaborar el informe donde se verifican estas irregularidades. Esdata es una organización que tiene como principio la defensa del derecho al voto libre y transparente, tanto en elecciones del país, como en elecciones de organizaciones políticas democráticas.

Agregó que en el mismo informe se evidencia la presencia de 375 dirigentes de medio nivel del PSUV en el registro electoral de su organización política. “ Se comprobó la presencia en el registro electoral de dirigentes y líderes del chavismo”.

Según la información suministrada por el ingeniero Alfredo Weil más de la mitad de los electores del registro electoral de COPEI no firmaron en el Referendo Revocatorio (RR) contra Chávez, “con lo cual se demuestra el compromiso de estas personas con el proyecto del presidente Chávez”.

Sobre el proceso comentó que se realiza con "ausencia absoluta de garantías para una de las partes y con total parcialidad hacia la otra. En los próximos días presentaremos todas las pruebas de nuestros señalamientos".

El dirigente copeyano acusó a José Curiel de ser el responsable de un gran fraude electoral que se organizó para desplazar de la dirección del partido a las actuales autoridades con la complicidad de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

"Es una pena que termine su vida política como un delincuente electoral".






viernes, 15 de junio de 2012

DENUNCIAN GRAVES IRREGULARIDADES EN PROCESO ELECTORAL COPEYANO


Con la complicidad de la Sala Electoral del TSJ

Luis Ignacio Planas, Presidente Nacional de Copei Partido Popular, denunció este viernes graves irregularidades en el proceso de elección de autoridades que deberán celebrarse este sábado 16 de junio del 2012.

Planas acusó al Presidente de la Comisión Electoral Nacional José Curiel de excluir al setenta por ciento (70%) de la militancia del partido del registro electoral definitivo.

 “El señor Curiel es el responsable de la exclusión del registro electoral de más del setenta por ciento de los afiliados de nuestra organización política, ha desconocido la militancia de miles de copeyanos en todo el país que durante muchos años han trabajado por nuestro partido y que han ofrecido su vida al servicio de la democracia cristiana venezolana”.

Señaló que en el registro electoral de Copei aparecen voceros y militantes del PSUV mientras “excluyen a los verdaderos copeyanos”.

El presidente de Copei agregó que la comisión electoral nacional presidida por José Curiel violentó toda la normativa interna referente a la organización del proceso electoral. “Violó todas las normas de nuestro partido en la organización de las elecciones de autoridades, no respetó el mecanismo estatutario para la convocatoria de las elecciones ni para la modificación de la fecha de las mismas, elaboró el registro electoral sin la participación de la secretaría nacional de organización tal y como lo establecen nuestros estatutos, sin testigos de las partes ni de las autoridades del partido, aplicó un reglamento electoral derogado desde el año 2009 y no publicó en físico el registro electoral, entre otras cosas”.

Con pruebas en la mano, afirmó que faltando un día para las elecciones no le ha sido entregado el registro electoral definitivo certificado por el órgano responsable de elaborarlo. “La comisión electoral se ha negado a entregarnos el registro electoral certificado y sólo lo ha publicado en su página web, desde donde lo manipulan diariamente. Hay graves incongruencias entre el número de electores que aparece publicado como registro definitivo y el número de electores que aparecen en el buscador por cédulas de identidad.”

Puso como ejemplo varios municipios del país donde no coinciden el número de electores que debería tener esa circunscripción.

También denunció la sustracción ilegal de la sede de Copei de los soportes y planillas de los afiliados del partido y la utilización de dichos soportes por Curiel para elaborar el registro electoral e informó que su organización denunció el robo del material en la Fiscalía General de la República.

Luis Ignacio Planas indicó que en los últimos tres días han sido modificadas las comisiones electorales municipales en varios estados del país y también los centros de votación. “Pretenden realizar un proceso electoral clandestino, para llenar las actas de votación y desconocer la voluntad de la militancia copeyana. José Curiel se presta para esta nueva maniobra con la cual pretenden asaltar la dirección del partido tal y como ya lo hicieron en mayo del 2010. Son los mismos responsables del fraude ya anulado, con las mismas irregularidades y vicios denunciados en su oportunidad y que culminaron con la anulación de las elecciones anteriores”.

Sala Electoral avala irregularidades y se presta para asalto de Copei

Luis Ignacio Planas calificó de inaudita la decisión del día de ayer jueves 14 de junio del 2012 de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en la cual declaró improcedentes las denuncias realizadas por diversos dirigentes del país de las irregularidades del proceso electoral.

“La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia desestimó las denuncias sobre las irregularidades del proceso electoral formuladas por varios dirigentes de todo el país, argumentando que la solicitud de ejecución de sentencia realizada no era la vía para realizar las denuncias. Quiero recordar que en marzo de este año esta Sala Electoral destituyó a los miembros de la comisión electoral designados por la Asamblea Nacional del partido con el mismo mecanismo que ayer señaló que no era la vía para presentar las denuncias, en una evidente contradicción e incongruencia.”

El líder de la tolda verde explicó que en el expediente están todas las pruebas que demuestran las denuncias que se hacen e “incluso las pruebas que demuestran el incumplimiento y desacato por parte de José Curiel de las dos sentencias anteriores relacionadas con Copei. La comisión electoral nacional se burla de nuestra militancia pero también se burla de la sala electoral con su complicidad.”

Comentó que “queda claro para los copeyanos los oscuros intereses que hoy se mueven para asaltar a Copei con la participación de algunos sectores del gobierno y su brazo ejecutor judicial que es el Tribunal Supremo de Justicia. Copei también forma parte del plan para intervenir en la oposición democrática. No hay otra explicación para los disparates jurídicos de la Sala Electoral y sus contradicciones.”

Comprometidos con la Unidad

Planas indicó que han mantenido “todos los atropellos y tropelías de José Curiel y el Tribunal Supremo de Justicia en silencio para no entorpecer el proceso unitario del cual somos parte, pero frente a la complicidad evidente de algunos compañeros de utilizar a Copei para ponerlo al servicio de los intereses del gobierno nacional y hacerlo correr la misma suerte que Podemos y PPT no podemos quedarnos callados. Debo pedir perdón al país porque en este momento crucial para restaurar el régimen de libertades en Venezuela Copei está distraído de lo verdaderamente importante, con algunos copeyanos haciéndole el juego al gobierno.”

Convocó a la unidad de todos los socialcristianos en torno al trabajo para ganar las elecciones presidenciales de octubre e invitó a la militancia a no desmayar pese a todas las dificultades.

“No es la primera vez que debemos atravesar por momentos difíciles, estamos seguros que estos también los superaremos. Hoy nuestro compromiso es con Venezuela y su democracia”.

sábado, 9 de junio de 2012

COPEI INVITA A PARTICIPAR EN LA MARCHA PARA INSCRIPCIÓN DE CAPRILES

La marea verde se concentrará en Chacao

El Presidente Nacional de COPEI Partido Popular, Luis Ignacio Planas, convocó a toda la militancia de la organización a acompañar este domingo 10 de mayo la inscripción de Henrique Capriles Radonski como candidato de la Unidad para las elecciones presidenciales del 07 de octubre.

Planas invitó a la ciudadanía a participar en la inscripción del candidato de la Unidad, “marchemos como alegría y acompañemos al candidato presidencial Henrique Capriles Radonski hasta el CNE para formalizar su inscripción en las elecciones presidenciales del próximo 07 de octubre”, apuntó.

Recalcó que COPEI y su militancia están comprometidos con la unidad, “como lo hemos hecho desde que promovimos la firma del acuerdo unitario que dio origen a la Mesa de la Unidad, acompañaremos la inscripción de Henrique Capriles Radonski este domingo 10 de mayo ante la Junta Nacional Electoral”.

El dirigente del partido verde destacó que este domingo las fuerzas democráticas “daremos la primera demostración de la fuerza que va a impulsar el cambio y la transformación de Venezuela a partir del próximo 07 de octubre, vamos a desbordar la Plaza Caracas, junto a todos los partidos y ciudadanos que apoyamos la unidad y recuperación de la democracia”.

Planas destacó que la Marea Verde se concentrará en la Calle Elice, junto a la estación del Metro de Chacao, desde donde acompañarán la caminata del Candidato de la Unidad Henrique Capriles Radonski.

“Toda la dirigencia de COPEI Partido Popular estará presente, junto al Gobernador del Táchira, César Pérez Vivas, al Alcalde de Mérida y candidato a la Gobernación del Estado Lester Rodríguez, al del candidato de la Unidad a la gobernación de Trujillo, José Hernández; del Presidente del Cabildo Metropolitano de Caracas, Alejandro Vivas; del alcalde de San Carlos, Ramón Moncada, los diputados a la AN, Homero Ruiz, Abelardo Díaz, Gabino Paz, Luis Barragán y de dirigentes Nacionales, como Luis Carlos Solórzano, Tibisay Velázquez y la Juventud Demócrata Cristiana, todos activos y comprometidos para alcanzar la victoria del próximo 07 de octubre”, destacó Luis Ignacio Planas.

martes, 15 de mayo de 2012

COPEI REITERA SU LLAMADO: TARJETA ÚNICA PARA NUESTRO ÚNICO CANDIDATO

Luis Carlos Solórzano advierte que no es momento para cálculos
 
El Secretario General Nacional de COPEI Partido Popular, Luis Carlos Solórzano, ratificó este martes la posición que su organización ha mantenido en torno a fortalecer la unidad electoral en la necesaria búsqueda de la UNIDAD del país.

Por ello, Solórzano consideró que sería un empujón importante para la campaña de Henrique Capriles, “asumir sin cálculos una tarjeta ÚNICA para que los venezolanos estén convencidos de contar con una genuina unidad es una Tarjeta Única, para nuestro Único candidato”.

Dejo claro que para los partidos de la Alternativa Democrática, “llegar hasta aquí nos ha costado mucho a todos y ahora tenemos una gran oportunidad de hacerlo bien, de hacerlo mejor. Nuestro país está pendiente de nuestras actuaciones y decisiones, por ello hoy más que nunca hay que poner atención y oído a lo que la gente está pidiendo”.

El Secretario Nacional del partido verde recordó que “no sólo COPEI, otras organizaciones democráticas entendimos desde hace un tiempo que era esencial sentarnos a conversar sobre la posibilidad de encuentros, después firmamos el acuerdo de la unidad nacional en la casa de COPEI en Caracas. A partir de allí hemos discutido, conversado y es normal que así sea, hemos dado concesiones y se han asumido sacrificios políticos y partidistas”.

Luis Carlos Solórzano destacó que en los últimos años en la Alternativa Democrática se ha logrado avanzar en temas fundamentales, “con madurez construimos las bases que permitieron la realización de las primarias y ahora contamos con un candidato extraordinario que salió al ruedo potenciado por ese deseo de unidad que el país exige y necesita”.

Cuestionó que algunas organizaciones políticas no muestren el desprendimiento necesario, “¿Qué hacemos entonces? ¿Actuamos con desprendimiento, con humildad y aceptamos que es necesario en este momento ir TODOS UNIDOS alrededor del nuevo programa de gobierno, de nuestro candidato en una tarjeta ÚNICA o preferimos dar prioridad a otros temas?”. 

El Dirigente Nacional de la organización aclaró que la tarjeta UNICA por sí sola no es suficiente para ganar, “es indispensable acompañar a Capriles en ese enorme esfuerzo que está haciendo por ganarse en buena lid el corazón de los venezolanos, su planteamiento ha creado buena expectativa y está sembrando una nueva esperanza, en eso tenemos que estar al lado de él y algo todavía más importante, al lado de la real posibilidad, a partir del 07 de octubre, de comenzar a sentar las bases para la reinstitucionalización de la Venezuela del respeto, de la igualdad y con oportunidades de crecimiento para todos los venezolanos sin excepción”.

Luis Carlos Solórzano fue tajante al manifestar que “no podemos ocultar que la tarjeta ÚNICA le daría una fuerza adicional a la candidatura de Henrique Capriles porque entre otras cosas estaríamos demostrando que de verdad estamos UNIDOS y haciendo el llamado para que ahora el elector con su voto, se convierta en el verdadero protagonista del 07 de octubre”.

lunes, 14 de mayo de 2012

COPEI CONVOCA AL CONSEJO DE ESTADO A LA BÚSQUEDA DEL DIÁLOGO NACIONAL

A pesar de la composición de la instancia

Carlos Behrends, dirigente nacional de COPEI Partido Popular convocó este lunes al Consejo de Estado a trabajar en la búsqueda del diálogo nacional y a la generación de condiciones para las elecciones presidenciales del próximo 7 de octubre.

Behrends puntualizó que “a pesar de que criticamos la composición del Consejo de Estado, por no representar a todos los sectores del país, creemos que es conveniente que este trabaje en la búsqueda del diálogo nacional para avanzar”.

Recordó que en las pasadas elecciones parlamentarias el 52 por ciento de los votantes apoyaron las opciones de la Alternativa Democrática, pero esta situación no fue respetada por la Asamblea Nacional, ni con los representantes de las gobernaciones.

“Se ignoró la propuesta que presentó la bancada de la Alternativa Democrática para su incorporación en esa instancia y tampoco fue escuchada la voz de los Gobernadores que no acompañan el proceso político que lideriza el presidente Hugo Chávez”, apuntó.

Carlos Behrends precisó que según el artículo 251 de la Constitución Nacional, el Consejo de Estado tiene como obligación “recomendar políticas de interés nacional, es necesario el diálogo nacional, un país dividido no avanza, ya basta de confrontaciones”.

El Dirigente Demócrata Cristiano destacó además que “el Consejo de Estado debe velar por el cumplimiento del cronograma electoral dictado por el CNE y generar las condiciones propicias para el normal desenvolvimiento del proceso y del cambio que llegará el próximo 7 de octubre con la victoria de Henrique Capriles Radonski”.

Proceso Interno suspendido

Al ser consultado sobre la situación interna de COPEI Partido Popular, Carlos Behrends avaló la decisión de Asamblea Nacional de la organización que suspendió el proceso de elecciones internas hasta que sean subsanadas las irregularidades presentadas que violan expresamente las disposiciones de los estatutos del partido y de las sentencias N°118 del 16 de noviembre del 2011 y N° 37 del 13 de marzo del 2012 de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

“El pasado viernes la Asamblea Nacional de partido, máxima autoridad de COPEI Partido Popular, decidió la suspensión de los comicios pautados para el 27 de mayo hasta que sean subsanadas las irregularidades contra las normas electorales del partido y contra las disposiciones de la Sala Electoral de TSJ, así como las denunciadas por los militantes de la organización”, puntualizó Carlos Behrends.

Explicó que las decisiones de la Asamblea Nacional del Partido que son de obligatorio cumplimiento por parte de todos los militantes, “lamentamos que la Comisión Electoral mantenga una actitud de desacato a los estatutos y normas electorales del partido y de las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia.

Detalló que entre las violaciones denunciadas se encuentran el desacato a la sentencia N°37 del TSJ donde se le ordena a la Comisión Electoral incluir a la Secretaría Nacional de Organización en la comisión técnica que elaboraría el Registro Preliminar y Registro Definitivo de Votantes, como lo estipulan las normas electorales.

El Dirigente Nacional de COPEI también reiteró la posición de la organización sobre el uso de la Tarjeta Única, apuntando que “los venezolanos conocen ya cual es la posición sobre la necesidad de adoptar la Tarjeta Única como mecanismo para fortalecer la unidad y apuntalar todos los esfuerzos para la victoria electoral del 7 de octubre”.

domingo, 13 de mayo de 2012

MIEMBRO DE COMISIÓN ELECTORAL DE COPEI DENUNCIA GRAVES IRREGULARIDADES EN PROCESO ELECTORAL INTERNO


Registro electoral excluyó a miles de copeyanos

Sonia Rodríguez, miembro principal de la Comisión Electoral Nacional de COPEI denunció graves irregularidades en el proceso de elección de autoridades que estaba pautado para el 27 de este mes.

Dicho proceso, fue suspendido el pasado viernes por la Asamblea Nacional de la tolda verde al verificar los vicios e incumplimientos de las distintas sentencias que sobre el particular ha dictado la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Rodríguez acusó a los otros miembros de la Comisión Electoral presidida por José Curiel de violar toda la normativa interna de COPEI que regula la materia, además de incumplir los mandatos de las sentencias de la Sala Electoral.

“El proceso es ilegal desde la misma convocatoria, la Comisión Electoral no consultó con la Dirección Nacional el cronograma ni la fecha de elección, tal y como lo señala los estatutos de nuestra organización.”

Explicó que “la comisión electoral está utilizando para organizar las elecciones de autoridades un reglamento electoral derogado en el año 2009 por los órganos competentes del partido, lo cual constituye un vicio muy grave, por la ausencia de base legal y la inseguridad jurídica que se genera a los afiliados”.

La miembro principal de la Comisión Electoral Nacional de COPEI señaló que durante todo el proceso le fue negado el acceso a la información electoral y  no se le permitió realizar la auditoría al registro de electores.

“El registro de electores fue elaborado sin incorporar a la Secretaría Nacional de Organización de la comisión técnica responsable de elaborarlo, pese a que su incorporación es un mandato de los estatutos, del reglamento electoral y de la sentencia número 118 de fecha 16 de noviembre del 2011 de la Sala Electoral”.

Indicó que fueron “excluidos nuevamente del registro electoral miles de copeyanos de todo el país, desconociendo la historia de la organización.

Puso como ejemplo el caso del estado Táchira, donde COPEI obtuvo en las pasadas elecciones 150.000 votos en su tarjeta y aparecieron sólo 11.000 inscritos, a pesar que se encuentran en el registro de afiliados más de 80.000 copeyanos. “El registro ha sido manipulado para favorecer a una de las tendencias internas en perjuicio de los otros sectores del partido”, comentó.

Sonia Rodríguez expresó que la elección de autoridades organizada por la Comisión Electoral presidida por José Curiel ha  sido clandestina y fraudulenta y “no garantiza los principios constitucionales de igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia que deben regir todos los procesos electorales.”

Recordó que es un deber de todos los afiliados de la organización cumplir con los estatutos y reglamentos del partido, independientemente de los cargos que se ocupan.

“La autonomía de la Comisión Electoral Nacional no significa que puedas violentar impunemente las normas de COPEI e incumplir con las decisiones de la Sala Electoral, ni tampoco desconocer los órganos políticos del partido”, culminó.


Texto del Informe

Informe
Asamblea Nacional 11 de mayo del 2012

Vicios, irregularidades y desacatos a las decisiones de la Sala Electoral en el proceso de elección de autoridades del 27 de mayo

Resumen


I.              Convocatoria írrita del Proceso Electoral del 27 de mayo del 2012.

El proceso electoral fue convocado sin cumplir con las formalidades establecidas en el artículo 74 de los Estatutos de COPEI Partido Popular, en abierta violación de nuestras normas estatutarias y de las sentencias No. 176 de fecha 09 de diciembre del 2009 y No. 118 del 16 de Noviembre de 2011, que establecen la consulta a la Dirección Nacional antes de convocar cualquier proceso electoral o de cualquier modificación a la fecha o cronograma electoral.
El artículo 74 de los Estatutos del Partido señala:
“La fijación de la fecha de cada elección y de los cronogramas electorales en general, son de la competencia de la Comisión Nacional Electoral. Sin embargo, antes de la organización de cada proceso electoral la Comisión Electoral Nacional deberá dirigir una consulta escrita a la dirección Nacional del Partido, con por lo menos quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha prevista para el inicio del Proceso Electoral, a objeto de que esta emita su opinión en cuanto a la pertinencia y vialidad de la fecha como del resto del cronograma de las elecciones, y formule, si lo estima necesario, su propuesta.
La Dirección Nacional tendrá cinco (05) días hábiles, contados a partir de la recepción de la comunicación respectiva, para manifestar, igualmente por escrito, su conformidad con la fecha y el resto del cronograma o hacer la proposición que estime pertinente.
En caso de verificarse alguna proposición por parte de la Dirección Nacional, ambos organismos tendrán cinco (5) días hábiles para reunirse y procurar un acuerdo.
De no lograrse el acuerdo a que se refiere el párrafo anterior o en caso de que la Dirección Nacional no emita su opinión ante la consulta que le ha sido formulada, la Comisión Electoral procederá a la realización del proceso de que se trate, en los mismos términos planteados a la Dirección Nacional. Si la Comisión Electoral hiciere alguna modificación a la fecha o al resto del cronograma originalmente planteado, deberá hacer la consulta respectiva a la Dirección Nacional en los mismos términos antes expresados.”
Este artículo fue modificado por la Asamblea Nacional Extraordinaria de COPEI Partido Popular celebrada el 16 de enero del 2010 en acatamiento de la sentencia No. 176 de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de  diciembre del que estableció:
“…Consecuencia de lo antes expuesto, atendiendo a una interpretación sistemática, racional y finalística del referido artículo 74 de la normas estatutarias en cuestión, necesariamente lleva a concluir a este órgano judicial que la participación de la Dirección Nacional a que alude el referido artículo 74 habrá de limitarse a una consulta planteada por la Comisión Electoral no vinculante para esta última, por lo que, en el supuesto de que no se logre acuerdo en cuanto al establecimiento del correspondiente cronograma electoral (incluyendo la fecha de votaciones), entre la Dirección Nacional y la Comisión Electoral Nacional, podrá el órgano electoral, de forma autónoma, fijar todas las fases del proceso comicial. Así se decide…” “…Se exhorta a la organización política COPEI Partido Popular, a la modificación del texto del artículo 74 de sus disposiciones estatutarias, en el sentido antes indicado…” 
Tal condición fue ratificada en sentencia número 118 del 16 de Noviembre de 2011 dictada por esta Sala Electoral con ponencia de JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO  en esta misma causa, habiendo declarado con lugar la impugnación realizada también por mi parte y otros, cuando para la convocatoria del supuesto proceso electoral del 2 de mayo de 2010, ya ANULADO por esta Sala, se determinó en dicha sentencia lo siguiente:
La Sala observa que nuevamente la parte recurrente hace una interpretación errónea de la aplicación del concepto de falso supuesto de derecho, cuando denuncia que la Comisión Electoral Nacional de COPEI Partido Popular, al acordar un nuevo cronograma electoral, el día 09 de abril de 2010, fijando las elecciones a nivel nacional de las autoridades de esa organización política, para el 02 de mayo de 2010, no cumplió con la consulta que prescribe el artículo 74 de los Estatutos de esa organización política; de manera que el vicio alegado no se enmarca dentro del falso supuesto de derecho, como ha quedado definido en el punto anterior, lo que si se aprecia es que la Comisión Electoral Nacional de la organización con fines políticos COPEI, no le dio cumplimiento a lo dispuesto en dicha norma, realizando la consulta a la Dirección Nacional, que aunque no le era vinculante para la decisión final de la fecha de las elecciones, si debía hacer la notificación en forma directa. Así se declara.” (Subrayada nuestro)
La Comisión Electoral Nacional presidida por el ciudadano José Curiel no realizó la consulta a la Dirección Nacional para convocar el proceso electoral ni informó a las autoridades del partido sobre el cronograma electoral ni sobre el proyecto electoral antes de convocar el proceso de elección de autoridades del 27 de mayo del 2012.

II.                     Exclusión de la Secretaría Nacional de Organización del Partido de la Comisión Técnica de la Comisión Electoral Nacional responsable de elaborar el registro preliminar y el registro definitivo de electores en abierta violación de los Estatutos y del Reglamento Electoral Nacional de COPEI y en desacato a la sentencia No. 118 de fecha 16 de noviembre del 2011 de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El artículo 71  de los Estatutos de COPEI Partido Popular establece entre las funciones de la Comisión Electoral Nacional:
 “e) Elaborar, mantener y actualizar el Registro Electoral Permanente del Partido. A tal efecto contará con el apoyo técnico de los órganos especializados del Partido, los cuales actuarán como órganos auxiliares de la Comisión Electoral Nacional y deberán prestarle toda la colaboración que ese organismo requiera”
De igual forma, el parágrafo único del artículo 15 del Reglamento Electoral Nacional de COPEI Partido Popular señala:
“Corresponde a la Comisión Electoral Nacional elaborar, mantener y actualizar el Registro Electoral Permanente del Partido que servirá de Registro Base para las elecciones de autoridades, para lo cual contará con el apoyo técnico de la Secretaría Nacional de Organización.”
De la revisión de la normativa interna de COPEI mencionada con anterioridad se desprende expresamente la participación de la Secretaría Nacional de Organización en la elaboración del registro electoral del partido que servirá para las elecciones de autoridades.
Este mandato de la normativa interna de nuestra organización política fue ratificado en sentencia número 118 del 16 de Noviembre de 2011 dictada por esta Sala Electoral con ponencia de la magistrada JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO  en esta misma causa, cuando determinó en dicha sentencia lo siguiente:
“El artículo 71 de los  Estatutos de la Organización con fines políticos COPEI Partido Popular, establece las atribuciones de la Comisión Electoral Nacional y entre otras las referidas al registro así: e) “Elaborar, mantener y actualizar el Registro Electoral Permanente del Partido. A tal efecto contará con el apoyo técnico de los órganos especializados del Partido, los cuales actuarán como órganos auxiliares de la Comisión Electoral Nacional y deberán prestarle toda la colaboración que ese organismo requiera” (resaltado de la Sala).
El parágrafo único, artículo 15 del Reglamento Electoral de COPEI Partido Popular expresa:
“Corresponde a la Comisión Electoral Nacional elaborar, mantener y actualizar el Registro Electoral Permanente del Partido que servirá de Registro Base para las elecciones de autoridades, para lo cual contará con el apoyo técnico de la Secretaría Nacional de Organización…”. (resaltado de la Sala).
De la lectura anterior, puede colegirse que la responsabilidad de contar con un registro electoral confiable y actualizado es compartida por la Comisión Electoral Nacional y la Secretaría Nacional de Organización, ya que en ambos textos legales se prevé el apoyo técnico de la Secretaría de Organización como una orden, cuando expresan: “contará con el apoyo técnico”,  no dispone “podrá contar con el apoyo técnico”.
La sentencia mencionada establece muy claramente la responsabilidad compartida entre la Comisión Electoral Nacional y la Secretaría Nacional de Organización en la tarea de elaborar un registro electoral confiable y actualizado. También dispone que el apoyo técnico que debe prestar la Secretaría  Nacional de Organización a la Comisión Electoral para elaborar el registro electoral es una orden de obligatorio cumplimiento para ambos órganos.
La Comisión Electoral Nacional de COPEI presidida por el ciudadano José Curiel excluyó arbitrariamente a esta Secretaría Nacional de la Comisión Técnica responsable de elaborar el registro electoral que servirá de base para las elecciones de autoridades convocadas para el próximo 27 de mayo del 2012.


III.           Elaboración del Registro Electoral Preliminar con soportes
sustraídos ilegalmente de la sede nacional de COPEI Partido Popular y sin la debida certificación y validación de la Secretaría Nacional de Organización, en claro desacato a lo ordenado por la sentencia No. 118 de fecha 16 de noviembre del 2011 de esta Sala Electoral.

La sentencia No. 37 de fecha 13 de marzo del 2012 de esta Sala Electoral establece en su segundo dispositivo lo siguiente:

“SEGUNDO: Se repone el proceso electoral, al estado de la conformación de un verdadero Registro Electoral Nacional, de la organización con fines políticos COPEI Partido Popular, publicando primero el Registro Electoral Preliminar y luego de concedido el lapso de impugnaciones y las decisiones derivadas de ello, se publique el Registro Electoral Definitivo, como fue ordenado en la sentencia de esta Sala No. 118, del 16 de noviembre de 2011. Tanto al Registro Electoral Preliminar como al Definitivo,  debe dársele suficiente publicidad en físico en cada una de las sedes de la Comisión Electoral a nivel nacional, estadal y municipal.  Una vez obtenido el Registro Electoral Definitivo consignarlo a esta Sala, en físico.”
En la parte motiva de la sentencia No. 118 de fecha 16 de noviembre del 2011 la Sala Electoral ordena:
“Una vez cubiertas las vacantes en la Comisión Electoral Nacional, ésta deberá  constituir las Comisiones Electorales, en los estados en que fueron reestructuradas en el proceso que se anula, observando para ello las disposiciones estatutarias de la organización, y procediendo a la conformación del nuevo registro electoral preliminar, sobre la base del registro con sus respectivos soportes que deberá suministrarle la Secretaría Nacional de Organización, en los términos que también dispone la norma estatutaria de COPEI Partido Popular y fijar un nuevo cronograma electoral para la realización del nuevo proceso electoral, el cual comenzará con la publicación del proyecto electoral y culminará con la proclamación y juramentación de las nuevas autoridades electas, debiendo concluir en el término de noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de realización de la Asamblea Nacional de esa organización política, para cubrir las Vacantes en la Comisión Electoral Nacional.” (Subrayado nuestro).
Según se desprende del extracto de sentencia No. 118 de fecha 16 de noviembre del 2011 de esta Sala Electoral arriba transcrito, los soportes del Registro de Afiliados para la elaboración del registro de electores de COPEI deberán ser suministrados por la Secretaría Nacional de Organización, quién es el órgano interno a quien estatutariamente le corresponde llevar el Registro de Afiliados.
Es absolutamente irregular, ilegal y fuera de toda lógica que algún tercero, distinto a la Secretaría Nacional de Organización, presente a la Comisión Electoral Nacional aproximadamente 100.000 soportes de afiliados sin éstos ser validados por las autoridades competentes del Partido.
Esta situación se agrava, por la exclusión arbitraria de la Secretaría Nacional de Organización de la Comisión Técnica responsable de elaborar el registro de electores para el proceso del 27 de mayo del 2012, ya que la misma no ha podido si quiera revisar los supuestos soportes que tiene la Comisión Electoral para verificar su autenticidad o si los mismos existen realmente. Hasta la fecha, no se ha podido realizar ninguna auditoría al proceso de elaboración del registro electoral para garantizar la transparencia del proceso.


IV.          Falta de publicidad del Registro Preliminar de electores de COPEI Partido Popular en abierto incumplimiento a lo ordenado en la sentencia No. 37 de fecha 13 de marzo del 2012 de esa Sala Electoral.

La sentencia número 37 del 13 de marzo del 2012 en ponencia de la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO  establece  en su dispositivo segundo lo siguiente:

“SEGUNDO: Se repone el proceso electoral, al estado de la conformación de un verdadero Registro Electoral Nacional, de la organización con fines políticos COPEI Partido Popular, publicando primero el Registro Electoral Preliminar y luego de concedido el lapso de impugnaciones y las decisiones derivadas de ello, se publique el Registro Electoral Definitivo, como fue ordenado en la sentencia de esta Sala No. 118, del 16 de noviembre de 2011. Tanto al Registro Electoral Preliminar como al Definitivo,  debe dársele suficiente publicidad en físico en cada una de las sedes de la Comisión Electoral a nivel nacional, estadal y municipal.  Una vez obtenido el Registro Electoral Definitivo consignarlo a esta Sala, en físico.” (subrayado nuestro).

De la lectura de dicho dispositivo se desprende la obligación que tiene la Comisión Electoral respectiva de darle al registro preliminar y al registro definitivo suficiente publicidad en físico en las sedes a nivel nacional, estadal y municipal, a los fines de que los interesados pudieran verificar su condición con respecto a la organización.
A pesar del mandato de la sentencia arriba identificada que ordenaba la publicación en físico del registro preliminar, éste no fue publicado en físico por las comisiones electorales respectivas, en abierto desacato a la decisión de la Sala Electoral.

V.            Manejo irregular del material que sirve de soporte al registro preliminar de electores.

No ha sido posible hasta la presente fecha la incorporación efectiva de la Secretaría Nacional de Organización a la Comisión Técnica encargada de elaborar el registro preliminar y el registro definitivo de electores, tampoco he tenido acceso a los supuestos soportes que se utilizaron para elaborar los registros. El manejo de los soportes y la elaboración de los registros ha sido un proceso completamente clandestino, fraudulento y carente de toda transparencia.
Consta como en el punto quinto de la Inspección Ocular Extrajudicial practicada por la Notaría Pública Cuadragésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital de fecha 24 de abril del 2012 que los soportes no se encuentran en la sede nacional de la Comisión Electoral Nacional, sino en la sede de una institución de formación (IFEDEC) dirigida por una de las partes involucradas en el proceso electoral interno del partido, con lo cual se coloca en una posición de desventaja al resto de los participantes, que no han tenido acceso al material para su revisión y verificación.

VI.          Utilización del Reglamento Electoral derogado (Ausencia de base legal)

La Comisión Electoral Nacional del PARTIDO presidida por José Curiel, aplica para la organización del proceso de elección de autoridades convocado para el 27 de mayo del presente año el Reglamento Electoral del Partido Demócrata Cristiano COPEI de fecha 2002, el cual fue derogado con la aprobación del vigente Reglamento Electoral Nacional aprobado por la Dirección Nacional del PARTIDO en ejercicio de las atribuciones que le confiere el literal b del artículo 27 de los Estatutos de la organización, en fecha 04 de junio de 2009.  
Resulta importante destacar, que según comunicación de fecha 08 de febrero de 2010, emanada de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del Consejo Nacional Electoral y dirigida al Presidente Nacional del PARTIDO Luis Ignacio Planas, se desprende lo siguiente: “se observa que en los folios 1663 al 1684, se encuentra el ultimo Reglamento Electoral Nacional consignado, de fecha 11 de agosto de 2009, por los ciudadanos Luis Ignacio Planas y Luis Carlos Solórzano en calidad de Presidente Nacional y Secretario General Nacional de esa organización política” (negrillas agregadas). Allí el Consejo Nacional Electoral como ente regulador de las organizaciones con fines políticos reconoce la vigencia del Reglamento Electoral Nacional del PARTIDO, el cual debía ser aplicado para la organización del proceso de elección de autoridades territoriales.
Igualmente, la Sala Electoral a través de su sentencia numero 118 de fecha 16 de noviembre de 2011 estableció en su parte motiva:
El parágrafo único, artículo 15 del Reglamento Electoral de COPEI Partido Popular expresa: Corresponde a la Comisión Electoral Nacional elaborar, mantener y actualizar el Registro Electoral Permanente del Partido que servirá de Registro Base para las elecciones de autoridades, para lo cual contará con el apoyo técnico de la Secretaría Nacional de Organización…”.
De la lectura anterior, puede colegirse que la responsabilidad de contar con un registro electoral confiable y actualizado es compartida por la Comisión Electoral Nacional y la Secretaría Nacional de Organización, ya que en ambos textos legales se prevé el apoyo técnico de la Secretaría de Organización como una orden, cuando expresan: “contará con el apoyo técnico”,  no dispone “podrá contar con el apoyo técnico”.
Con lo cual se infiere que la Sala da por vigente al Reglamento Electoral Nacional aprobado por el órgano competente del PARTIDO el 04 de junio de 2009, y no el aplicado por la actual Comisión Electoral Nacional. Dicho Reglamento fue el producto de una amplia discusión dentro de los órganos políticos del PARTIDO, vista la necesidad de adecuarlo al nuevo ordenamiento jurídico del PARTIDO, a raíz de la aprobación de los Estatutos vigentes de fecha 01 de marzo de 2008, los cuales produjeron cambios sustanciales en el funcionamiento y estructuración del PARTIDO.

VII.         Modificación de Comisiones Electorales Estadales.

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, señala en su decisión Nº 37, en referencia a lo posibilidad de reestructurar las Comisiones Electorales Estadales, lo siguiente:
”…Una vez constituida la Comisión Electoral Nacional, proceder a la consulta que prescribe el artículo 71, literal “b” de los Estatutos a los efectos de que las Comisiones Electorales Estadales sean conformadas bajo el criterio coordinado de la Comisión Electoral Nacional con cada Dirección Estadal, sustituyendo las que no funcionen,  ya que la finalidad es que el proceso electoral se realice, bajo la mayor transparencia y eficacia y no simplemente reestructurar sin ningún motivo.  Una vez que se tenga la conformación definitiva de las Comisiones Electorales Estadales, darle suficiente publicidad a las direcciones donde están ubicadas a nivel nacional para que la militancia de esa organización política pueda tener acceso a ellas…”
La Comisión Electoral Nacional en abierta desobediencia a la señalada Sentencia, procedió de manera irrita a realizar la reestructuración de las Comisiones Electorales Estadales, sin respetar ninguna de las condiciones establecidas a tales fines por la decisión Nº 37, a saber:

1.    En primer lugar el dispositivo transcrito señala claramente, que la primera condicionante para la sustitución de las Comisiones Electorales Estadales, era que  este proceso se realizara de forma coordinada entre la Comisión Electoral Nacional y cada una de las Direcciones Estadales. Es nuestra obligación como autoridades estadales del Partido denunciar, que nunca la Comisión Electoral Nacional invito a las Direcciones Estadales, para realizar un trabajo coordinado para la revisión de la actuación de cada una de las Comisiones Electorales Estadales, a los fines de determinar si estaban en funcionamiento. Esto evidentemente implicaría la apertura de procedimientos en los cuales se revisara la actuación de cada Comisión Electoral Estadal, para evaluar su funcionamiento y esto nunca  ocurrió.
2.    Además la Sentencia Nº 37, señala de forma meridiana que solo podrán ser sustituidas las Comisiones Electorales Estadales que no funcionen. 

La violación del citado fallo es evidente, al sustituir las Comisiones Electorales Estadales, sin la participación de las direcciones estadales.

Ya en la Sala Electoral, fue planteada una situación similar a la aquí denunciada y un grupo de afiliados a COPEI Partido Popular, intento una acción de Amparo Constitucional, ya que habían sido destituidos de sus cargos como miembros de la Comisión Electoral Nacional. En la decisión del Amparo cuando se transcribe la argumentación de los accionantes, esta Sala expresa lo siguiente:
Indican que la decisión de destituirlos ”sin mediar acto alguno, sin ser punto de la agenda, sin la mayoría requerida, y sin que se les instruyera expediente alguno, es violatoria de su derecho a la defensa, ya que no se les permitió ser oídos oportunamente ni ejercer sus descargos.”

Es importante señalar que los quejosos en el amparo constitucional en comento, son entre otros, los ciudadanos Emma Belisario de Istúriz, Jesús Díaz y José Hernández, hoy miembros principales de Comisión Electoral Nacional del Partido que estamos denunciando. Pero indistintamente de esto la Sala en su decisión realizo algunas consideraciones dignas de revisión:
Ahora bien, lo primero que quedó en evidencia luego de consumado el debate procesal, es que para proceder a la reestructuración de la Comisión Electoral, lo que implicó la desincorporación de los accionantes en la presente causa, no se llevó a cabo ningún procedimiento y ni siquiera se determinaron las razones para llevar a cabo tal actuación”
La situación antes descrita lleva a la convicción de este órgano judicial que la reestructuración de la Comisión Electoral…. realizada en los términos anteriormente descritos, esto es, sin llevar a cabo ningún procedimiento…. se traduce en una violación a la garantía constitucional del debido proceso consagrada en el artículo 49 de la Carta Fundamental, específicamente de su manifestación del derecho a la defensa”
“En virtud de lo anterior, esta Sala Electoral debe otorgar mandamiento de amparo constitucional que garantice los derechos al debido proceso, a la participación y al sufragio, por lo que se deja sin efecto el acto…… mediante el cual se procedió a una nueva designación de los integrantes de la Comisión Electoral Nacional de osa organización política,…. Así se decide”

La decisión tomada por la Comisión Electoral Nacional, viola los derechos de los miembros de las Comisiones Electorales de los Estados destituidos en términos idénticos a los revisados en la decisión parcialmente transcrita. No se abrió ningún tipo de procedimiento, nunca fueron citados sus miembros y por supuesto no tuvieron la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa.


Caracas 11-05-2012