jueves, 13 de mayo de 2010
SALA ELECTORAL DEL TSJ ADMITE RECURSO DE NULIDAD CONTRA LAS ELECCIONES DE COPEI
Este jueves, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso electoral de nulidad intentado por el abogado Rafael Contreras Millán actuando en su carácter de miembro de la organización con fines políticos denominada COPEI PARTIDO POPULAR contra las supuestas elecciones realizadas el pasado domingo 2 de mayo del 2010.
En ponencia del magistrado Juan José Núñez la Sala Electoral del TSJ se declaró con competencia "para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto" y analizó la procedencia del recurso " en atención a lo previsto en los artículos 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y en el artículo 19, aparte 5, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable por remisión expresa del artículo 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales".
En tal sentido la Sala Electoral advirtió que "luego de revisar las actas del expediente la Sala no observa que se configure ninguno de los supuestos de inadmisibilidad a que se refieren los artículos 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, ni tampoco los previstos en el artículo 19, aparte 5, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable por remisión expresa del artículo 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, de allí que se admite el recurso interpuesto".
La acción intentada por Contreras Millán se fundamenta en la celebración de las supuestas elecciones de autoridades con un Registro Electoral formado en fraude al contenido del artículo 67 de la Constitución y al mandato judicial contenido en la sentencia número 50 de fecha 14 de abril de 2010.
Este recurso forma parte de un conjunto de recursos que reposan actualmente en la Sala Electoral del TSJ contra el evento electoral del 2 de mayo del 2010 y que se encuentran a la espera de la decisión de este órgano jurisdiccional electoral.
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